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Reglamento Europeo de IA

Cumplimiento del Reglamento Europeo de IA

Garantice que el uso de sistemas de Inteligencia Artificial en su organización cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1689 mediante un modelo de gobernanza, evaluación de riesgos y documentación adaptada.

Reglamento (UE) 2024/1689 · Aplicación general: 2 agosto 2026 · +20 años en cumplimiento normativo

Marco legal europeo de la Inteligencia Artificial

Reglamento (UE) 2024/1689 · aplicación general 2 agosto 2026 · sanciones hasta 35 M€ o 7 %
Reglamento UE
Marcos relacionados con el Reglamento de IA
ISO 42001Gestión de IA
ISO 27001Base SGSI
RGPDDatos personales
NIS 2Ciberseguridad
CRAProductos digitales
ENISABuenas prácticas
2 agosto 2026
Aplicación general del Reglamento de IA
2 agosto 2027
Obligaciones para modelos GPAI
Hasta 35 M€ / 7 %
Sanción máxima prevista
Gobernanza IA
Inventario y evaluación obligatoria de sistemas
QUÉ ES

¿Qué es el Reglamento de Inteligencia Artificial?

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (Reglamento (UE) 2024/1689) establece el primer marco legal armonizado para regular el desarrollo, despliegue y uso de sistemas de Inteligencia Artificial en la Unión Europea.

La regulación clasifica los sistemas según su nivel de riesgo e impone obligaciones específicas a proveedores, implementadores y organizaciones que utilizan IA en sus procesos, garantizando un uso seguro, transparente y respetuoso con los derechos fundamentales.

La implantación de un modelo de gobernanza de IA permite identificar riesgos, documentar los casos de uso, establecer procedimientos internos y demostrar el cumplimiento ante clientes, autoridades y organismos supervisores.

Gobernanza de IA

Modelo organizativo para controlar el uso responsable de la Inteligencia Artificial.

Evaluación del riesgo

Clasificación de sistemas según el nivel de riesgo establecido por el Reglamento.

Transparencia

Información clara sobre el uso de IA y supervisión humana cuando resulte exigible.

Alfabetización obligatoria

Formación específica para el personal que utilice o supervise sistemas de IA.

A QUIÉN APLICA

¿A quién aplica?

Aplica a organizaciones públicas y privadas que desarrollan, despliegan o utilizan sistemas de Inteligencia Artificial dentro de la Unión Europea.

Fabricantes y proveedores de soluciones de IA
Empresas que utilizan herramientas de IA generativa en sus procesos
Organizaciones que automatizan decisiones mediante IA
Entidades que integran IA en productos o servicios
Administraciones Públicas
Empresas que utilizan asistentes virtuales, copilots o soluciones SaaS y On Premise con IA

¿Su organización utiliza Inteligencia Artificial y no sabe qué obligaciones le corresponden? Cuéntenos su situación →

ENTREGABLES

¿Qué te aporta Grupo CFI?

Implantamos un sistema completo de gobernanza de Inteligencia Artificial adaptado al Reglamento Europeo.

Informe de diagnóstico inicial INFORME
Inventario de herramientas y casos de uso INVENTARIO
Informe de clasificación de riesgos RIESGOS
Manual de Gobierno de IA
Política de uso de Inteligencia Artificial
Procedimientos internos y registros
Plan de alfabetización
Bolsa de horas de soporte continuo

Documentación personalizada y preparada para acreditar el cumplimiento del Reglamento Europeo de IA.

BENEFICIOS

¿Por qué adecuarse al Reglamento Europeo de IA?

Seguridad jurídica

Implante un sistema de gobernanza alineado con las obligaciones del Reglamento.

Reducción del riesgo

Minimice el riesgo de sanciones, incumplimientos y responsabilidades derivadas del uso de IA.

Confianza

Genere confianza entre clientes, empleados y organismos supervisores mediante un uso transparente de la IA.

Ventaja competitiva

Adelántese a las obligaciones regulatorias y utilice la Inteligencia Artificial de forma segura y responsable.

FAQ

Preguntas frecuentes sobre el Reglamento Europeo de IA

¿Desde cuándo es obligatorio el Reglamento Europeo de IA?
El Reglamento (UE) 2024/1689 entró en vigor el 1 de agosto de 2024, aunque sus obligaciones se aplican de forma escalonada. Las primeras disposiciones, como la prohibición de determinadas prácticas de IA y las obligaciones relacionadas con la alfabetización en Inteligencia Artificial, ya resultan exigibles. El resto de obligaciones se incorporan progresivamente según el tipo de sistema y el papel desempeñado por la organización, por lo que es recomendable iniciar cuanto antes el proceso de adecuación.
¿Cuándo entra de pleno el Reglamento de Inteligencia Artificial?
A partir del 2 de agosto de 2026, una de las disposiciones más destacadas del Reglamento de Inteligencia Artificial afectará directamente a compañías que hagan uso de IA para crear contenidos. Todo el contenido generado o alterado por inteligencia artificial deberá estar debidamente etiquetado como tal.
¿Cómo se clasifican los sistemas de IA?
El Reglamento clasifica los sistemas de IA en función del riesgo que representan. Existen sistemas de riesgo inaceptable, cuya utilización está prohibida; sistemas de alto riesgo, sujetos a estrictas obligaciones de cumplimiento; sistemas con obligaciones específicas de transparencia; y sistemas de riesgo limitado o mínimo, para los que el Reglamento establece requisitos menos exigentes. La correcta clasificación constituye el primer paso para determinar las obligaciones aplicables.
¿Qué relación existe entre el Reglamento de IA y el RGPD?
Ambas normativas son complementarias. Cuando un sistema de Inteligencia Artificial trate datos personales, deberá cumplir simultáneamente las obligaciones previstas en el Reglamento de IA y en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esto implica analizar aspectos como la base jurídica del tratamiento, la minimización de datos, la transparencia, la seguridad de la información y, cuando corresponda, la realización de evaluaciones de impacto.
¿Es obligatorio formar a los empleados?
Sí. El Reglamento establece la obligación de garantizar un nivel suficiente de alfabetización en Inteligencia Artificial para las personas que utilicen o supervisen sistemas de IA dentro de la organización. La formación debe ser adecuada a las funciones desempeñadas y permitir comprender los riesgos, limitaciones y obligaciones asociados al uso de estas tecnologías.
¿Es obligatorio indicar que un contenido ha sido generado mediante Inteligencia Artificial?
El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial establece obligaciones de transparencia para determinados sistemas y contenidos generados mediante IA. En función del tipo de sistema utilizado y de la finalidad del contenido, puede ser obligatorio informar de que una imagen, un vídeo, un audio o determinados contenidos sintéticos han sido generados o manipulados mediante Inteligencia Artificial. Estas obligaciones buscan evitar que las personas sean inducidas a error y reforzar la confianza en el uso responsable de la IA. No obstante, la obligación de etiquetado no se aplica de forma indiscriminada a todo contenido generado con herramientas de IA, sino en los supuestos previstos por el Reglamento. Por ello, resulta recomendable analizar cada caso de uso para determinar las obligaciones concretas aplicables.
¿COMENZAMOS?

Adelántese al 2 de agosto de 2026: prepare su organización para el Reglamento Europeo de IA